Alcaldía de Medellín

Secretaría de Hacienda

Normatividad de la información exógena de la Alcaldía de Medellín

La información exógena es una herramienta de gran importancia para la administración tributaria, debido a que le permite realizar labores de fiscalización y control a través de cruces de información, de los cuales se pueden identificar contribuyentes que no han cumplido de forma oportuna y correcta con el pago de sus impuestos.

Panorámica Medellín

¿En qué consiste la obligación de reportar información exógena?

Los contribuyentes de los tributos municipales deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas en la normativa vigente, las cuales no se limitan únicamente al pago de los impuestos, debido a que en ocasiones se exigen otros deberes adicionales, que le permiten a la administración comprobar que las personas y entidades están contribuyendo en debida forma.

Una de las obligaciones que permite verificar lo anterior es el reporte de información exógena, que consiste en entregar a la autoridad tributaria una información relacionada con las operaciones propias y aquellas efectuadas con terceros.

En el caso concreto del Distrito de Medellín, cada año se expide una resolución en la que se establece quiénes son los obligados a reportar información exógena, el tipo de datos que se deben entregar a la Secretaría de Hacienda y las fechas para hacerlo.

En lo que tiene que ver con la información a reportar durante el año 2021, se expidió la Resolución N.° 202150001429 de 2020, que encontrará en el botón Normatividad Tributaria ubicado en www.medellin.gov.co/portaltributario.

¿Quiénes deben reportar información exógena?

Debe tenerse en cuenta que tanto los obligados a reportar información, como el tipo de datos que debe enviarse a la Administración, se establecen cada año por la Subsecretaría de Ingresos mediante resolución, dependiendo de las necesidades y programas que vayan a desarrollarse.

Por tal motivo, las personas naturales y jurídicas deben revisar anualmente el Acto expedido por parte de la Subsecretaría, toda vez que los únicos obligados a remitir información exógena relacionada con los tributos del Distrito de Medellín, serán aquellos que sean designados en la resolución. 

Es procedente mencionar que la información exógena que se exigen en el Distrito de Medellín es distinta a la que debe reportarse a la DIAN o a otros municipios del país.

¿Cuáles son las fechas para reportar la información exógena en el año 2022?

Para los agentes de retención del impuesto de industria y comercio, agentes del sistema de retención de tarjetas débito y crédito, sociedades fiduciarias respecto al impuesto de industria y comercio, quienes hayan participado en contratos de colaboración empresarial, notarios del círculo notarial de Medellín e información sobre publicidad exterior visual, las fechas límites se definen según el último dígito del Número de Identificación Tributaria – NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Último dígitoFecha límite
106 de junio de 2022
207 de junio de 2022
308 de junio de 2022
409 de junio de 2022
510 de junio de 2022
613 de junio de 2022
714 de junio de 2022
815 de junio de 2022
917 de junio de 2022
021 de junio de 2022

¿Cuál es la consecuencia de no presentar información exógena?

Centro Administrativo Municipal (CAM) - La Alpujarra

Todo incumplimiento de obligaciones tributarias formales genera una sanción que está establecida en la normativa vigente.

Para el caso concreto de la información exógena, el hecho de no reportarla, enviarla por fuera de los términos, con errores o incompleta, da lugar a la imposición de la sanción establecida en el artículo 249 del Acuerdo 066 de 2017.

Manuales y formatos para la presentación de información exógena


Acércate a la Alcaldía de Medellín

Ir al contenido